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¿Qué impuestos pagan los autónomos?

Las ventajas de ser autónomos son diversas: no tener horario fijo, trabajar desde donde sea, organizarte tu propio tiempo… Pero, al igual que el resto de los mortales, un autónomo debe hacer frente a los impuestos y puede llegar a ser un asunto muy peliagudo. Por eso, desde SegurCaixa Adeslas vamos a hacer un repaso de todos los impuestos que debe pagar un trabajador autónomo.

Los impuestos para autónomos

En España, los autónomos tienen que pagar los impuestos de IRPF y del IVA, sin olvidar las contribuciones extras a la Seguridad Social. Para comenzar a tributar en España hay que ser residente fiscal, es decir, se deben pagar impuestos sobre tus rentas mundiales y residir en el país un mínimo de 183 días al año.

El año fiscal en España va desde enero a diciembre, por eso, todo trabajador autónomo debe presentar declaraciones de impuestos trimestrales, cada tres meses. Por lo que un autónomo deberá presentar estos impuestos en enero, abril, julio y octubre.

A continuación, vamos a ver en profundidad cuáles son los impuestos que debe pagar un trabajador autónomo en España:

Impuesto sobre la renta de los trabajadores autónomo o IRPF

El IRPF es el impuesto que todo trabajador autónomo debe pagar. De forma trimestral, un autónomo debe computar los ingresos generados y deducir todos los gastos registrados por sus operaciones. Pagará un 20% sobre la cantidad neta o beneficios del trimestre. Sin importar la cantidad de ingresos que haya generado o tipo de profesión que desempeño, seguirás pagando un 20% fijo pase lo que pase.

Este impuesto es subjetivo, varía según el caso y recuperarás la cantidad que pagaste de más o de menos en la declaración de la renta anual. Si durante tus declaraciones trimestrales has pagado más de lo que debías (lo que significa que el tipo real fue inferior al 20%), entonces tendrás recibirás un reembolso. Pero si has pagado menos de lo que tenías que pagar (la tasa real debía ser superior al 20%), entonces deberás abonar la diferencia.

Para poder deducirte de un gasto, este debe estar totalmente relacionado con tu actividad económica como autónomo. Esto significa que únicamente podrás añadir cantidades monetarias que has usado, para generar tus ingresos como trabajador por cuenta propia.

En caso de trabajar como autónomo desde casa, puedes deducirte un 30% de los gastos de servicio o suministros relacionados con tu actividad. Estamos hablando de tus facturas mensuales de agua, gas, teléfono, internet o electricidad. Pero este 30% se aplicará a la parte proporcional de las facturas relacionadas con la actividad.

Gastos que puedes deducir en su totalidad:

  • Pagos mensuales a la Seguridad Social
  • Compras de existencias o inventarios relacionados con tu actividad comercial
  • Suministros o material de oficina
  • Gastos de marketing o publicidad
  • Pago mensual del seguro médico, limitado a 500 euros anuales
  • Costes procedentes de asesores o gestores
  • Gastos en formación o aprendizaje
  • Gastos relacionados con tu oficina o el espacio donde trabajas
  • Viajes de negocios: hoteles, taxis, trenes…
  • Gastos relacionados con el coche o vehículo con el que te transportes

IVA para autónomos

Otro impuesto crucial es el IVA y para pagar este impuesto actúas como recaudador que trabaja para el gobierno. Cada vez que envíes una factura a un cliente deberás añadir el 21% de IVA a tu precio. Cuando esa factura se abone, el IVA será recaudado. Además, cada vez que pagues cualquier tipo de gasto relacionado con tu actividad, esto también tiene IVA añadido. Una vez pagado, eso es el IVA pagado.

Al final del trimestre, pagarás a la agencia tributaria la diferencia entre el IVA recaudado y el VIA pagado. En paralelo a tu declaración trimestral de impuestos, también hará la del IVA, por lo que se envían juntos. El modelo que usaras es el 303.

En resumen, estos son los impuestos que debe pagar un autónomo:

  • El IRPF es el impuesto sobre la renta, gravado sobre los ingresos que genera la persona autónoma
  • El IVA es el 21% extra que tendrá que añadir a sus facturas
  • En caso de que opere como empresa, también hay que añadir el Impuesto de sociedades. Un impuesto exacto es una tasa fija del 25%